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Contra los abusos de empresas de telemarketing
Posteado el 24 de Mayo del 2011 a las 13:21 por admin

18 de mayo de 2011

Se aprobó hoy, en la Cámara de Diputados, la ley para elaborar el programa “Registro de no llamar” en la Provincia de Buenos Aires. Este proyecto está destinado combatir abusos de las empresas de venta telefónica, encuestas y consultas de opinión. Se creará, entonces, un registro de usuarios en el que podrá anotarse quien lo desee. Las empresas tendrán prohibido ofrecer bienes y servicios a quienes formen parte del mismo. Aquellas que no cumplan con esta norma serán sancionadas.

El Diputado Iván Budassi (PJ-FPV) explicó: “Esta ley fue originalmente votada en la Cámara de Diputados sobre la base de un proyecto presentado por la diputada Silvia Crocco (La Concertación). El mismo establecía la creación, en el ámbito del Poder Ejecutivo, de un registro en donde quedarían asentados los pedidos de los usuarios de servicios telefónicos de no recibir llamados de empresas de ventas o de consultoras de opinión. La inscripción a este registro debe ser gratuita y sencilla, para lo cual las empresas de telemarketing estarán obligadas a cumplir de forma inmediata con los mandatos de la autoridad de control”.

“Esta propuesta, luego de recibir media sanción de Cámara de Diputados, pasó al Senado en donde se le efectuaron algunas modificaciones. En el día de hoy los diputados insistieron con la redacción original del proyecto, por lo que la norma pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación”, concluyó Budassi.

Al respecto, el Dr Fabricio De Arriba Arévalo, Director de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), indicó, en coincidencia con lo manifestado por Budassi: “El sistema será de suma utilidad. La OMIC recibe de forma constante una gran cantidad de pedidos para imposibilitar y restringir llamados y mensajes de texto no deseados. Esta ley viene a solucionar de manera efectiva las dificultades que presenta el Registro “No Quiero que me Llamen” que funciona actualmente en Bahía Blanca, el cual, amén del loable objetivo buscado, no lograba dar respuesta satisfactoria a los vecinos usuarios bahienses en virtud de las limitaciones propias de una Ordenanza, contando ahora con una norma de mayor jerarquía y notorias ventajas. Deberemos pues, esperar a la promulgación de la ley y su posterior reglamentación para ver cómo podemos articular en forma concreta su aplicación. Creemos que este registro debería estar publicado dentro de la Dirección  Provincial de Comercio, pero será el Gobernador Scioli quien, en definitiva, determinará su ubicación y demás detalles de funcionamiento”.
 
El funcionario aclaró: “Hasta tanto no se cumpla el plazo de 90 días otorgado al poder ejecutivo para reglamentar la ley la misma no entrará en vigencia pero, desde ya, la nueva norma resultará de una utilidad invalorable para los consumidores de nuestra zona y para las autoridades que deben velar por sus derechos”.


 

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